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martes, 8 de diciembre de 2020

Desahucio por precario



    En un artículo anterior dimos unas pinceladas sobre los procedimientos de desahucio, en el presente artículos vamos a ahondar con respecto al procedimiento de desahucio por  impago de rentas. 


    Según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), los procedimientos de desahucio por expiración del plazo contractual ocupan los primeros lugares respecto al número de litigios en materia de arrendamientos, aunque el primer lugar está ocupado por los procedimientos por impago de rentas. Otro de los procedimientos que ocupan el ranking de desahucios es el Desahucio por precario.


Desahucio por precario

Desahucio por impago de rentas



   En un artículo anterior dimos unas pinceladas sobre los procedimientos de desahucio, en el presente artículos vamos a ahondar con respecto al procedimiento de desahucio por  impago de rentas. 


  Según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), los procedimientos de desahucio por expiración del plazo contractual ocupan los primeros lugares respecto al número de litigios en materia de arrendamientos, aunque el primer lugar está ocupado por los procedimientos por impago de rentas.


Desahucio por impago de la renta

Desahucio por expiración del plazo




    En un artículo anterior dimos unas pinceladas sobre los procedimientos de desahucio, en el presente artículos vamos a ahondar con respecto al procedimiento de desahucio por expiración del plazo contractual. 


    Según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), los procedimientos de desahucio por expiración del plazo contractual ocupan los primeros lugares respecto al número de litigios en materia de arrendamientos, aunque el primer lugar esta ocupado por los procedimientos por impago de rentas.


Desahucio por expiración del plazo

sábado, 27 de junio de 2020

Incumplimientos de contrato

   

No basta con señalar que esta situación vivida por la pandemia no estaba prevista, que a todos nos ha pillado desprevenidos, hasta el Gobierno se ha equivocado, y no solo el nuestro, y lo peor de todo, no ha sido la última vez que se equivocarán.
  Para cada situación el empresario debe, si quiere sobrevivir, tener prevista un plan actuación y ante una situación de sobrecarga de trabajo debe de llevar a cabo todas las medidas necesarias para cumplir con los contratos realizados, ¿Nos imaginamos un parque de bomberos que no apague los incendios porque es invierno y no debería de haber incendios? Seguro que no, aquí nos encontramos en una situación similar, por lo que el empresario debe de cumplir con lo pactado y en caso contrario tendremos derecho a la resolución del contrato o a una minoración del mismo.