domingo, 26 de julio de 2020

El divorcio



El divorcio

 

   El matrimonio, tal y como refiere nuestro Código Civil de 1889, se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio. Por tanto, el divorcio es la disolución legal del matrimonio, ya sea a solicitud de uno o de los dos cónyuges. Una vez que se produce el divorcio la única manera de poder revertirlo es si ambos cónyuges acuden a celebrar un nuevo matrimonio.

 

 Para poder divorciarse es necesario que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio (artículo 81.2 Código Civil).

 

 Por suerte, se está consiguiendo avanzar en todos los aspectos de nuestra sociedad y a partir de la reforma legislativa de 2005 ya no es necesario que se invoque causa alguna para poder solicitar el divorcio, simplemente manifestar la voluntad de disolver el mismo. De igual forma, no es necesario estar separado judicialmente. Se puede interponer una demanda de divorcio directamente para interesar la disolución del vínculo.

 

 Una vez que una pareja se divorcia se extinguen todos los derechos otorgados en dicha unión, uno de ellos es el derecho hereditario. Por tanto, entre parejas divorciadas se pierde el vínculo capaz de permitir heredar bienes, pero debemos de recordar que este derecho se mantiene para los hijos de los cónyuges.  

 

Tipos de Divorcio

 

  • Mutuo acuerdo

 El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo requiere previamente un acuerdo plasmado por escrito entre los cónyuges, el convenio regulador, en el que ambos manifiestan su deseo de divorciarse y regulan todas las consecuencias que el divorcio lleva aparejado tanto en su aspecto familiar (relación con los hijos, guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos) como en su aspecto patrimonial (uso de la vivienda familiar, cargas del matrimonio, liquidación del régimen económico).

 

 Una vez elaborado el convenio regulador con la ayuda de un abogado especialista, este se acompañará, firmado por ambos cónyuges, con la demanda de divorcio de mutuo acuerdo, junto con el certificado literal del matrimonio y, en el caso de que hayan nacido hijos durante el matrimonio, los certificados de nacimiento de estos.

 

 Tras presentarse la demanda, será el Juzgado quien citará a las partes para la ratificación del convenio, previo informe del Ministerio Fiscal en el caso de que existan menores que se vean afectados, ante el funcionario correspondiente.

 

Una vez que se realice la ratificación ante el Letrado de la Administración de Justicia se dictará la correspondiente sentencia de divorcio que se inscribirá en el Registro Civil.

  

  •  Contencioso

 Para aquella situación en que uno de los cónyuges no quiera otorgar el divorcio o no este conforme con lo que oferte el cónyuge para la realización del convenio regulador, podrá presentar la correspondiente demanda de divorcio ante el Juzgado de la residencia habitual del matrimonio o el domicilio del demandado. El único requisito que se nos exigirá será el señalado en el artículo 81.2, es decir, que el vínculo lleve celebrado tres meses.

 

 Sin embargo, el procedimiento contencioso supone un mayor desgaste para ambas partes, más gasto, más tiempo, por lo cual siempre es mucho mejor alcanzar un acuerdo que la celebración contenciosa.  En caso de que no haya otra opción, con la demanda de divorcio contencioso se podrán solicitar medidas provisionales que regulen durante se tramita la demanda distintos aspectos, como pueden ser el uso de la vivienda, régimen de visitas a los hijos, pensión de alimentos, pensión compensatoria. Estás medidas podrán ser sustituidas una vez se dicte Sentencia por las que se fijen en la misma.

  

 En Lerma Abogados, somos conocedores de las dificultades que se atraviesan durante el procedimiento de divorcio, especialistas en disoluciones patrimoniales de todo tipo, contando en nuestro equipo con amplia experiencia y con un equipo de contadores partidores, podemos ofrecer a nuestros clientes la mejor asistencia posible para afrontar tanto el procedimiento como la nueva situación a la que se enfrentará.

 

 

El divorcio no es más que un acto de amor propio


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